Modifica el artículo 15 de la Ley 1634 protección integral para la persona discapacitada

Por el cual se modifica el artículo 15 de la Ley 1634 —protección integral para la persona discapacitada—  con el objeto de contemplar la cobertura total de prestaciones a cargo de profesionales especialistas que no pertenezcan al cuerpo de la obra social y deban intervenir imprescindiblemente. Como así también las actualizaciones sobre el concepto de discapacidad.

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