Que el Ministerio de Salud resuelva la situación planteada por profesionales no contemplados en el artículo 117 de la Ley provincial 3408
Por el cual vería con agrado que el Ministerio de Salud resuelva la situación planteada por profesionales no contemplados en el artículo 117 de la Ley provincial 3408 —Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Público Provincial de Salud—.